El evento impone además un plazo excesivamente breve, de solo diez días, para poder solicitar el reembolso.
FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Rock Beasts SLU, la promotora del Rock Imperium Festival que se celebró los días 26 a 29 de junio en el parque El Batel de Cartagena, por cobrar un euro de gastos de gestión por devolver el dinero no consumido de las pulseras cashless, único método de pago del evento, e imponer un plazo excesivamente breve para solicitar el reembolso. La denuncia ha sido presentada ante la Dirección General de Consumo de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social de la Región de Murcia.
La página web del festival señala que «las devoluciones del dinero sobrante en la pulsera irán llegando a partir del 17/07/2025, paciencia por favor (tendrán un coste de gestión de 1€)», toda vez que indica que el «periodo habilitado para solicitar la devolución» será del 1 al 10 de julio.
En este sentido, FACUA señala que la organización no sólo impone al consumidor la utilización de un sistema de pago concreto dentro del recinto donde se desarrolla este evento, sino que también les impone una comisión para recuperar el dinero ingresado en este sistema de pago.
Qué dice la ley
La asociación recuerda que la organización está obligada a aceptar el pago en efectivo. Por tanto, esta restricción a los asistentes al evento pudo vulnerar la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro, que en su artículo 3 establece que, desde el 1 de enero de 1999, inclusive, la moneda del sistema monetario nacional es el euro, tal y como esta moneda se define en el Reglamento (CE) 974/98, del Consejo, de 3 de mayo.
También el Código Civil en su artículo 1.170 establece que el pago de las deudas de dinero deberá hacerse en la especie pactada, y no siendo posible entregar la especie, «en la moneda de plata u oro” que tenga curso legal en España. Por ello, recuerda que el abono en efectivo es un método de pago legal y que estas restricciones tienen un impacto negativo para los consumidores.
Además, el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge que «se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato».
El artículo 47.1 letra ñ) del mismo texto aludido recoge como infracción: «La negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal».
Resulta obvio que se trata de una práctica no consentida expresamente, que atenta a la buena fe de los asistentes al festival, al imponerse una comisión de un euro por cada asistente, toda vez que si el consumidor no actúa para solicitar la devolución del importe acumulado en la pulsera cashless, el empresario obtendrá un enriquecimiento injusto al apropiarse de la cantidad íntegra no consumida.
Mismo enriquecimiento injusto que puede obtener al imponer un plazo excesivamente breve para solicitar el reembolso, ya que si los usuarios no lo hacen a tiempo, el empresario se estaría apropiando de una cantidad íntegra de un servicio que finalmente no se presta.
Así, el apartado segundo del artículo 1.964 del Código Civil, establece un plazo de cinco años para aquellas acciones que deriven de una relación contractual. Teniendo en cuenta ello, cualquier plazo impuesto por la mercantil ha de compararse con el plazo legal de 60 meses (cinco años).
Por todo ello, FACUA ha pedido a la Dirección General de Consumo de la Región de Murcia que abra un expediente sancionador contra la promotora del Rock Imperium por vulnerar la normativa vigente en materia de defensa de derechos de los consumidores y usuarios.
De igual forma, la asociación señala a los usuarios que se hayan visto afectados por irregularidades de este tipo en eventos a los que hayan acudido o tengan previsto acudir que pueden ponerlo en conocimiento de la organización para que realice las correspondientes actuaciones.